Consejo Escolar

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Composición del Consejo Escolar

El Consejo Escolar del C.E.I.P. Luis Vives de Xilxes está compuesto por los siguientes miembros:

EN CALIDAD DENombreApellidos
DirectoraMaría ÁngelesAlagarda Manzano
Jefatura de EstudiosGerardForment Llusar
SecretariaPilarForner Bayarri
Profesor/-aFrancisco JavierLópez Fernández
Profesor/-aEulaliaCañamero Navarro
Profesor/-aAliciaIsach Rico
Profesor/-aSarínFelip Alonso
Profesor/-aMaríaTraver Isach
Profesor/-aAna Mancho Montesinos
Padre/madre María ÁngelesSanhauja Guanter
Padre/madreDaniela González Almansa
Padre/madreJesúsCano Benedito
Padre/madreGemaClausell Argente
Padre/madreTamaraGiménez Centeno
Padre/madreJosé VíctorBartual Pérez
Padre/madreDavidRiquelme Cervantes
Ayuntamiento (Institución)ErikSegarra Marco
Padre/madre A.M.P.A.Susana Frutos Tur
Representante alumnos/-asLucíaAvilés Valenzuela
Representante alumnos/-asNeusMasó Cuartero

Competencias

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a. Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley.

b. Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

c. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d. Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e. Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

f. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

h. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.